Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: Se NIEGA el recurso de casación anunciado en fecha 04 de diciembre de 2023, por el abogado JOSÉ JOAQUÍN BRITO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 50.108, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por esta Alzada, en fecha 17 de diciembre de 2023, en el presente juicio que por DESALOJO (Local Comercial) sigue la ciudadana RITA DI PRINZIO DE GIANGIORDANO, TONY GIANGIORDANO DI PRINZIO Y DORIS GIANGIORDANO DI PRINZIO contra la sociedad mercantil PANADERÍA Y CHARCUTERÍA FLOR DE LAS MINAS.....