Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación intentado por el codemandado EMILIO BALI ASPCHI asistido por la abogada Paula Bogado Carrillo actuando en su carácter apoderado judicial de la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 13 de agosto de 2013, proferida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el curso de la querella que por interdicto de despojo incoara la ciudadana GALDYS BALI DE FINOL en su contra, así como de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA JOASA, S.R.L. y las ciudadanas NELLY BALLI y MIRIAM BALI DE ALEMAN.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida de fecha 13 de agosto de 2013, pro.....