DISPOSITIVA
Por el razonamiento anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley NIEGA el tramite de la medida de Prelibertad de Destacamento de Trabajo al penado MISAL ROJAS MORAO, de acuerdo a lo establecido en el artículo 458 del Código Penal en su Parágrafo Único.