Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, ADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado contra la sentencia dictada por este Despacho Judicial en fecha 20 de Octubre de 2014, por el abogado en ejercicio Carlos González C., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.220, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora reconvenida, en el juicio que por Divorcio Contencioso sigue el ciudadano OSWALDO JOSÉ MORALES contra la ciudadana RITA JOSEFINA AGUILAR de MORALES.