(...) DECLARA: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano DENNYS LEONARD CASIQUE TORRES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 12.950.326, en contra de la empresa TECNIAUTO, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha siete (07) de septiembre de 1967, bajo el N° 2, Tomo 54-A., por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, en consecuencia, se ordena a la demandada a cancelar a la parte actora los conceptos de: prestación de antigüedad y sus intereses, Utilidades, Bono Vacacional, Vacaciones, Incidencia de comisiones en días de descanso, salarios caídos, conceptos derivados de la Ley Programa de Alimentación para Trabajadores, Horas Extras, e indemnizaciones previstas en la norma del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena cuantificar mediante experticia complementaria del fallo todos los conceptos así .....