Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana ALESSANDRA GIARAMITA DI BENEDETTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.157.946, debidamente asistida por la abogada CARMEN BELLERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 156.128, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados, en consecuencia se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor de la ciudadana ALESSANDRA GIARAMITA DI BENEDETTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.157.946, identificada en autos, sobre las bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, sobre un lote de terreno con una superficie de doscientas treinta y siete hectá.....