Por las razones anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES ESTIMADOS E INTIMADOS por el abogado DOUGLAS JOSE PAEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.728.525, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.234, actuando en nombre propio y representación, con domicilio en la Carrera 18, entre Calles 23 y 24, Edificio "Torres Cavendes", Piso 4, Oficina N° 4-b de la ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, por actuaciones cursantes en el Recurso de Hecho, en el expediente 6686, interpuesto por ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, relacionado con el juicio que.....