En consecuencia, este Juzgado Noveno(09°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION del presente acuerdo TRANSACCIONAL, entre el ciudadano IVAN ENRIQUE BLANCO DIAZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6.456.934 y la entidad de trabajo: LOS CAMPITOS III AUTOMERCADOS C.A. Asimismo se ordenando la entrega de las pruebas a las partes, se dará por terminado el presente asunto, y cierre informático del presente asunto una vez conste el ultimo pago.