PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante recurrente en fecha 27/07/2017 contra la sentencia de fecha 16/05/2017 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida
TERCERO: no hay condenatorias en costas, dada la naturaleza de este asunto
CUARTO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General de la República