Este Juzgado a solicitud de parte acuerda la suspensión de la Medida de Embargo Preventivo decretada por este Juzgado en fecha 07 de abril de 2005 y que recayó sobre bienes propiedad de la parte demandada sociedad mercantil Representaciones Ave Fénix C.A., y/o en la persona de sus gerentes, ciudadanos Gustavo Enrique Méndez y Sonia Esmeralda Villegas de Méndez, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.014.107 y V-9.446.618, respectivamente, en su condición de avalistas, hasta alcanzar la cantidad de Bs. 76.590,00, que incluye el doble de la cantidad demandada más las costas calculadas por este Tribunal. Con la advertencia que si dicha medida recayera sobre cantidades liquidas de dinero, la misma se limitará a la suma de Bs. 42.550,00, cantidad esta que incluye la cantidad demandada y las costas calculadas por este Juzgado.