este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE la COLOCACION FAMILIAR, interpuesta por la ciudadana la ciudadana CEFERINA CARDENAS VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.655.791, domiciliada al final de la calle 7 de Pueblo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en contra de la ciudadana YENNIS BEATRIZ VILLEGAS CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.696.750, domiciliada en la calle 12, con Av. 1, casa Nº 54, Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Pro.....