Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por: COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil BANPLUS BANCO COMERCIAL, C.A., contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA TRIPAN, C.A., y los ciudadanos PATRICIO MARCELO MOLINA ESPINOSA y JORGE RAFAEL PERDOMO MORENO, identificados en autos, DECLARA: Se DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO efectuado por la representación judicial de la parte actora de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil