Se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el a quo oficie al SAIME y al CNE a fin de que informes el último domicilio de los ciudadanos ANDY y MARY EUGENE BEZARA, herederos conocidos del demandado ciudadano ANDRÉS BEZARA y agotas la citación personal de tales ciudadanos en las direcciones suministradas por tales organismos y garantizarles así el derecho a la defensa. Se declara la nulidad de todo lo actuado desde el auto de fecha 21-9-2006 (exclusive) No ha lugar a costas.