ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL en beneficio de la ciudadana. DULY LEONOR DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 14.918.082 domiciliada, en el sector escudero, segunda calle casa N° 20 Las Tapias III Municipio San Felipe Estado Yaracuy. a favor de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)nacida en fecha 17 de Diciembre del 2017, quien deberá ejercer la custodia de la misma, lo tendrán bajo su cuidado y responsabilidad, así mismo deberá darle todas las atenciones necesarias para garantizarles su integridad física y su atención integral hasta que este tribunal determine otra modalidad de protección. Entréguese dos juegos de copias certificadas de la presente sentencia a la parte solicitante.