El Tribunal le dió entrada al expediente proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede el Tigre, en virtud de haberse declarado incompetente en razón del territorio. Asimismo se admitió la demanda ordenándose intimar a la empresa Seryson Servicios a la Industria Petrolera, SSIP, C.A., en la persona del ciudadano José Ignacio Felice A., para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su intimación se haga, a fin de que pague, acredite haber pagado o formule oposición a las cantidades intimadas.-