Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Carlos Eduardo López Villarroel, en su carácter de apoderado judicial de los querellantes José Regulo Torres Pernia Y Pedro José Colmenares Linares, contra el auto de fecha 11 junio de 2008, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la querella interdictal de despojo intentada en contra de Administradora González Padrón C.A., todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se CONFIRMA con la motivación antes expuesta el auto de fecha 11 junio de 2008, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil.....