D I S P O S I T I V A
Por todo lo expuesto anteriormente, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de le República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: UNICO: OTORGA LA LIBERTAD al penado: LA MADRID CASTRO JHON JAIRO, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.531.409, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal vigente para la fecha de comisión del delito; en virtud de haber cumplido con la pena principal, que le fuera impuesta en 30-04-2004 por el Juzgado Cuadragésimo Octavo de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO (ADMISION DE HECHOS)por la comisión del delito de ROBO GENERICO Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 457 en relación con .....