Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación formulado por la ciudadana ZULEMA CANELAS DE MURILLO, contra la decisión proferida en fecha 17 de febrero de 2014, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional que fuera incoada por ella contra la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO TORRES DE SAN JOSÉ y la sociedad mercantil ADMINISTRADORA ACTUAL C.G., C.A. en su carácter de administradora del Condominio del Edificio Torres
SEGUNDO: SE REVOCA sentencia recurrida dictada en fecha 17 de febrero de 20.....