este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: ADMITIR la OPOSICIÓN al juicio de RENDICIÓN DE CUENTAS efectuada por la representación judicial del ciudadano MIGUEL OYA ALVELA, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.438.321, de conformidad con el artículo 673 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: En consecuencia del anterior pronunciamiento, se acuerda SUSPENDER el juicio de cuentas y advertir a las partes que, entendiéndose ya citadas, deberán comparecer a contestar la demanda dentro de los CINCO (5) DÍAS DE DESPACHO siguientes a aquél que conste en autos la última notificación que de las partes se haga de la presente decisión, continuando el procedimiento por los trámites del juicio ordinario.
TERCERO: En.....