En fuerza de todos los argumentos de hecho y derecho y de la valoración de todas y cada una de las pruebas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede de Reenvío en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, DECLARA: Primero: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el ciudadano HUMBERTO CONTRERAS MORALES contra la decisión de fecha 18 de marzo de 1999, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial. Segundo: Revoca la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial en fecha 18 de marzo de 1999. Tercero: Parcialmente con lugar la demandada incoada por el ciudadano HUMBERTO CONTRERAS MORALES contra el ciudadano NELLO COLEVECCHIO en el presente juicio p.....