DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara.
A) Perimida la Instancia en el presente Juicio de COBRO DE BOLIVARES por el procedimiento de intimación, intentada por el abogado PEDRO JOSÉ BOISSIERE PERRUOLO, en su carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano ANTONIO JOSÉ SILVA GARCÍA, en contra de la ciudadana NILDA PORTILLO, todos identificados en la parte narrativa de este fallo.
B) Se levanta la medida de Embargo Preventiva decretada por este Juzgado en fecha 07 de diciembre de 2004.
C) No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concor.....