Este Tribunal después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente asunto y en atención a los artículos 8, 31, 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo tipificado en el articulo 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como artículos 63 y 80 de la ley especial, referidos al interés superior, derecho al descanso y esparcimiento, a participar libremente en la vida cultural y en las artes, el derecho a la recreación, libertad de tránsito, a opinar y ser oídos todos los niños, niñas y adolescentes, siendo que de la solicitud se desprende que la adolescente compartirá junto a su madre en las vacaciones decembrinas, y viajaran a Santo Domingo, República Dominicana, saliendo el día 26/12/2010, desde la Ciudad de Caracas, Venezuela, Aeropuerto Simón Bolívar, con retorno el día 07/01/2011, desde la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hasta la ciudad de Caracas, este Tribunal en atención a l.....