declara CONSUMADO el desistimiento de la demanda que efectuase en fecha 06.06.2013, la abogada Laura Piuzzi Chittaro, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Administradora Briceño S.A., en la pretensión de Cobro de Contribuciones de Condominio, deducida en contra de los ciudadanos Víctor Gilberto Campos Bolívar y Yorlene Anirda Delgado Aponte, razón por la que procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil