Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Fredy Alexander Toro Rosales y Arelys Mercedes Romero, cónyuges, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-11.319.883 y V-12.197.063, respectivamente. En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron el día 12 de agosto de 2000, por ante el Juzgado del Municipio Acosta de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, según se desprende de Acta Nº 12 inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil vene.....