VI
DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la recurrente AIR EUROPA LINEAS AEREAS, SOCIEDAD UNIPERSONAL, contra la Resolución No. Resolución L-091-06/2008 de fecha 02 de junio de 2008, acto recurrido, emitida por la misma Dirección, por medio de la cual se le determina a la contribuyente un diferencia de impuesto sobre actividades económicas para los ejercicios fiscal 2003, 2004, 2005 y 2006, por la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS DEIECINUEVE BOLÍVARES FUERTE CON TRES CÉNTIMOS (Bs.F. 822.419,03). En consecuencia:
PRIMERO: Se ANULA la Resolución L-091-06/2008 de fecha 02 de junio de 2008, notificada el 03 de junio de 2008, emanada de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao, del Estado Bolivariano de .....