"...declara CON LUGAR, la presente demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano GREGORY BASILIO HAJ CABELLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 11.364.351, quien fuere debidamente asistido por la abogada ROSA LISSANDRELLI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 99.009, contra la ciudadana OLGA LUCIA VELEZ OSORIO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.368.711, con fundamento en lo establecido en el numeral Segundo (2°) del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos GREGORY BASILIO HAJ CABELLO y OLGA LUCIA VELEZ OSORIO, el cual fue contraído por la Prefectura del Municipio Libertador del Estado Carabobo, el día veintitrés (23) de Enero del año 1.998, según acta Nro. 14, correspondiente al año 1.998. Ahora bien; de conformidad con lo establecido en los artículos 360 y 361 de la Ley Orgánica para la Protecci.....