PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
I
Preámbulo y Merito Favorable
Con relación al preámbulo y al merito favorable de autos, el Tribunal aclara que en esta oportunidad no tiene materia sobre la cual pronunciarse, pues ello lo hará al momento de decidir al fondo. Así se establece.
II
Documentales
En cuanto a las documentales cursantes a los folios 65 al 71 del expediente, este Juzgado LA ADMITE por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación o no en la definitiva. Así se establece.
III
Declaración de Parte
Se le hace saber a las partes, al demandante, al demandadlo o a su representante(s) legal(es) que deberán comparecer a la Audiencia de Juicio, la cual se fijará previamente, para que contesten al Juez las preguntas que a bien tenga formularles éste, de considerarlo necesario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.