es por lo que este Juzgado LEVANTA la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 29 de abril de 2015, debidamente participada en la misma fecha, mediante Oficio No 286/2015, dirigido al Registro Público del Municipio Chacao del Estado Miranda, sobre el bien inmueble que se describe a continuación:
" Apartamento identificado como "MEZZ A", situado en el Nivel Mezzanina, del CONJUNTO RESIDENCIAL " SOHO 58", ubicado en la Calle Los Granados con Avenida Don Eugenio Mendoza, Urbanización La Castellana, jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda, que tiene una superficie aproximada de CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (56,83 m2 ), consta de las siguientes dependencias: Un (1) Estar-Comedor, Un (1) Balcón, Cocina, Una (1) habitación con jardinera, Vestier y Sala de Baño interior y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NOROESTE: Fachada noroeste del Edificio; SURESTE: Fachada sureste del Edificio; NORE.....