PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE LUIS ROSAS CASANOVA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.122.403, en contra de la sociedad de comercio VENEZOLANA DE PREVENCION, C.A. (VEPRECA), originalmente inscrita por ante el Registro de comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 04 de Agosto del año 1970, bajo el N° 67, tomo N° 1, y condena a esta a cancelar los siguientes montos y conceptos:
CONCEPTO Total
1.- Daño Moral 45.000.000,00
2.- Indemnización art. 33, parágrafo 2, numeral 1 de L.O.P.C.Y.M.A.T. 8.993.600,00
Se ordena la corrección monetaria de la suma debida por concepto de la indemnización prevista en el particular N° 02 del cuadro sinóptico anterior, desde la fecha de admisión de la demanda hasta la ejecución del fallo, mediante un solo experto nombrado de común acuerdo por las partes .....