Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos LUIS ARMANDO PALENCIA y FANNY GONZALA OCHOA RUMBOS, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.522.345 y Nº V-15.387.401, domiciliados en el municipio Nirgua del estado Yaracuy; asistidos por la Abogada Laura Colaberardino, inscrita en el Inpreabogado Nº 54.113. En consecuencia, con respecto a las hijos de nombres (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad será ejercida conjunt.....