este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a las ciudadanas NIJENKY NOHEMI RIOS GARCIA, YENNYSMARTHINA VILLEGAS y MILVIA YESENIA RENGIFO GAFARO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 11.652.945, 15.283.958 y 16.592.160 respectivamente, domicilios en San Felipe estado Yaracuy, actuando en defensa e interés del adolescente (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y de los niños (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de quince (15), diez (10) y ocho (8) años de edad respectivamente, quien se encuentran asis.....