Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Separación de Cuerpos y bienes en conversión en Divorcio, presentada por los ciudadanos YULEIMA JOSEFINA SANCHEZ BRIZUELA y JONATHAN GEORGE LINARES PRIETO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-13.795.069 y 12.358.036 respectivamente y ambos de éste domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio OLINDA GAMEZ, Inpreabogado bajo el Nº 68.466, como consecuencia de ello queda disuelto a partir de la presente resolución, el vinculo conyugal que les une desde el día 22 de Abril de 2013, según se evidencia de acta de matrimonio signada con el Nro. 28 del año 2013, expedido por el Registro Civil del municipio San Felipe del estado Yaracuy, la cual riela al folio 4 del presente asunto.
En consecuencia, con respecto a la hija habido durante la unión conyugal, este Tribunal establece:
PRIMERO: Ambos padres, a sab.....