Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. EBLIN MARIELLA ATENCIO MEJIAS, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano ENYER ENRIQUE CHIRINOS FERNANDEZ, contra la Sentencia Definitiva, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 01 de Agosto 2.005 condenó a su defendido a cumplir la pena de Quince (15) Años de Prisión, por la comisión del delito de Homicidio Calificado en la Ejecución de robo a mano armada, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 83 ejusdem.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la Sentencia apelada, dictada en fecha 01/08/2.005 por el Tribunal de Primera .....