Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- SIN LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado José de Jesús Blanca Arcila, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.234, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ESMERALDA PÉREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.890.939, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, a través de la UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ, a fin de solicitar la nulidad del acto administrativo Nº 41 de fecha 25 de mayo de 2011, mediante el cual se acordó su cambio de dedicación exclusiva a dedicación a tiempo convencional seis (6) horas.
Publíquese, regístrese y notifíquese .....