este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el articulo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC, del niño Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a la ciudadana ROSALBA NAVAS de CARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.475.352, y con residencia la Avenida 8, con Calle 15, Sector El Calvario, Casa N° 18311, municipio Cocorote Estado Yaracuy. Solicitud realizada por la ciudadana ARELBYS ROSALYA LUGO NAVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.767.757, con domicilio en la Calle El Calvario con Avenida Las Acequias y Calvario, Casa s/n, municipio Cocorote estado Yaracuy, quien contraerá matrimonio.....