Probado como ha sido lo alegado por la solicitante, y cumplidas todas las formalidades de Ley, esta Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara con lugar la rectificación de la partida de nacimiento de la niña de cuatro (04) años de edad, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos de La Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nro.983, correspondiente al año2002, en consecuencia donde aparece asentado el número de cedula de identidad del padre de la niña de autos, ciudadano FERNELIS RODRIGUEZ ALVEAR, como "E- 82.112.537", lo correcto es "E- 82.112.337"; y así debe quedar asentado.