este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el articulo 110 del Código Civil, designar CURADOR AD HOC, del adolescente Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes al ciudadano Juan Bautista Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.465.202, y con residencia en Socremo, calle principal, sector Guarataro, casa S/N, municipio Manuel Monge, estado Yaracuy. Solicitud realizada por la ciudadana YUBISAY YAMILETH HERNANDEZ CORONEL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 22.318.719, con domicilio en Socremo, calle principal, sector Guarataro, casa s/n, Municipio Manuel Monge Estado Yaracuy, actuando en su.....