Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 y 321 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto den fecha 15 de diciembre de 2017, por la abogada Jelisca Jumico Becerra Chang, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la decisión proferida en fecha 16 de noviembre de 2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas., que declaró inadmisible la presente acción.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 16 de noviembre de 2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia e.....