Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JOSE SAMUEL RUIZ ORELLANA y LORENA NALLET FERRER OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, casados entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.559.688 y Nº V-10.372.565, de este domicilio; asistidos por el Abogado Jorge Luís Montilla Pérez, inscrito en el Inpreabogado Nº 168.081. En consecuencia, con respecto a los hijos de nombres (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad será ejercida conjuntamente por ambos padres y l.....