Se ADMITE la demanda cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia,se ordena emplázar a la ciudadana Angela Di Jerónimo Colavitta, para que comparezca dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, más dos (2) días que se le conceden como término de la distancia, a dar contestación a la demanda, que por Cobro de Bolívares incoara en su contra la sociedad mercantil Bolivar Banco C. A.