VII
DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la falta de cualidad del ciudadano RAFAEL RENATO CAPRILES, para sostener el presente juicio y por ende SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por Cobro de Prestaciones Sociales por GREGORIO ANTONIO PARABAVI contra RAFAEL RENATO CAPRILES. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción opuesta por la demandada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GREGORIO ANTONIO PARABAVI contra ORGANIZACIÓN RENATO CAPRILES C.A. CUARTO: No hay condena en costas.