Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra la decisión dictada en fecha 24 de septiembre de 2008 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el Sindicato de Obreros Marinos del Instituto Nacional de Canalizaciones (S.O.I.N.C.) en representación de los ciudadanos Luis Ojeda, Alvarado Fernando, Sanchez Wilmer, Díaz Carmelo, Morillo Jorge, Reverol Anibal, Chacin Eximino, Rondon Luis, Vilchez Antonio, Almarza Alcirio, Añes Osmairo, Acevedo Hunnel, Díaz Ángel Díaz, Chacin Olivero, Nava Norberto, Delicado Domingo, Gonzalez Andrés, Sanchez José, Serrano Miguel, en contra del Instituto Nacional de Canalizaciones. TERCERO: Se revoca el.....