Con fundamento en la motivación anterior, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1.- SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO interpuesto por el ciudadano JORGE OMAR VAAMONDE CARAPAICA, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 12.639, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BELLOTA TRADING COMERCIO GESTAO E SERVICIOS, S.A., domiciliada en Portugal, y constituida con duración indefinida por escritura autorizada por el notario del Cuarto Cartoiro Nacional de Lisboa, Don Henrique Ribeiro Melón, el día 28 de junio de 1994; contra la denegatoria tácita del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en responder la solicitud de reintegro interpuesta en fecha 11 de diciembre de 1997, ratificada el 2 de marzo de 1998 y el 15 de mayo del 2000, por la .....