actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL en beneficio de la ciudadana RUMANIA VICENTA VASQUEZ DE CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedulas de identidad 3.894.214 domiciliada urbanización San Antonio Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, solicita la colocación familiar a favor de los niños (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de Diez (10) y Once (11) años de edad quien deberá ejercer la custodia del mismo , la tendrá bajo su cuidado y responsabilidad, así mismo deberá darle todas las atenciones necesarias para garantizar su integridad física y su atención integral hasta que este tribunal determine otra modalidad de protección. Entréguese dos juegos de copias certificadas de la presente sentencia a la parte solicitante.