DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de revisión de manutención y en consecuencia se establece al ciudadano: PHERLIBRE JOAQUIN DELGADO FAGUNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.511.848, de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención semanal a favor de sus hijos los niños y niña: (Identificación Reservada), por la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) semanales, que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada quincena, en la cuenta de ahorros que al efecto existe para tal fin a partir de la fecha de esta decisión.-
Segundo: Cumplir, adicional a la cuota de manutención, con pagar una cuota extra de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00) entre el día 15 del mes de a.....