Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer la acción de amparo interpuesta por ROSALINDA BARBOSA FERREIRA contra Mercantil C.A. Banco Universal.
SEGUNDO: REVOCA la decisión apelada de fecha 17/12/2013 proferida por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional; en consecuencia se anula todo lo actuado y se ordena la remisión de.....