Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil DESARROLLOS HOTELCO, C.A., contra la Resolución 030/2011 del 31 de mayo de 2011, emanada del Alcalde del Municipio Chacao del Estado Miranda, así como contra la Resolución L/082.02.11 de fecha 03 de febrero de 2011.