En merito de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente Acción de Amparo Constitucional incoado por el Abogado JUAN NETO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.066, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Ciudadana SOLYMAR ZULGER BARRIOS ORTEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº 15.805.619, por presuntamente encontrarse en situación de contumacia y desobediencia en el cumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 377-08 de fecha 28 de mayo de 2008 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital del Municipio Libertador Sede Norte. En consecuencia se ordena
1.- Se ordena la reincorporación Inmediata del la accionante al cargo que detentaba para la fecha del irrito despido el 10 de enero de 2008,.....