Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Manuel Lozada García, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 05 de agosto de 2.013 proferida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la cual se negó la medida de secuestro solicitada, en el juicio que por resolución de contrato de arrendamiento interpuso la sociedad mercantil CORPORACIÓN HF 18, C.A. contra la empresa KIAS MUEBLES, C.A. SEGUNDO: SE CONFIRMA con la motivación aquí expresada, la decisión de fecha 05 de agosto de 2.013 proferida por el Juzgado Quinto de Primera.....