declara CONSUMADO el desistimiento del procedimiento que efectuase el abogado Jesús Eduardo Rodríguez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedades mercantiles Transporte y Comunicaciones Banvenez C.A. (Transcomban), y Venezolana de Investigación y Protección (Veinpro), mediante diligencia presentada en fecha 13.05.2010, en la pretensión de Cobro de Bolívares, deducida en contra de la sociedad mercantil Inversiones Topy Top C.A. y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil